Orujo de Galicia
Boqueixon (Santiago), A Coruña
Orujo de Galicia. Variedades y zonas de producción.
El Orujo de Galicia es el aguardiente elaborado a partir de uvas cosechadas en los viñedos ubicados en el ámbito geográfico de la comunidad autónoma de Galicia
Orujo de Galicia es el aguardiente elaborado a partir de orujos de uvas de la calidad y características adecuadas, que permiten destilar aguardientes que reúnen las condiciones precisas para ser amparados por la denominación.
Atendiendo al renombre y la tradición de ciertas comarcas de Galicia, se establecieron distintas subzonas de producción, que coinciden con las áreas geográficas de denominaciones de origen, de menciones de vinos de la tierra, y de otras comarcas vitivinícolas: "Ribeiro", "Valdeorras", "Rías Baixas", "Monterrei", "Ribeira Sacra", "Val do Miño-Ourense", "Betanzos", "Ribeira do Ulla", "Portomarín".
También pueden destinarse a la elaboración de aguardientes protegidos, los orujos obtenidos de las uvas procedentes de los viñedos establecidos en los términos municipales que aparecen en el catastro vitivinícola vigente.
Los aguardientes de orujo aptos para ser protegidos por la Denominación Geográfica "Orujo de Galicia Aguardiente de Galicia" son los obtenidos por fermentación y destilación de orujos o bagazos de uvas en condiciones higiénicas y sanitarias adecuadas. Los aparatos de destilación pueden ser los tradicionales, alambique o alquitara, o cualquier otro por calentamiento por vapor de agua.
Los elaborados protegidos son:
Aguardiente de Orujo.
Graduación alcohólica: Entre 37,5 y 50% vol. Aspecto: Transparente-limpio. Color: Incoloro. Aroma y sabor: Intenso, fino, delicado, propio de la materia prima de que procede, exento de elementos extraños.
Aguardiente de orujo envejecido. Graduación alcohólica: Entre 37,5 y 50% vol. Aspecto: Traslúcido-limpio. Color: Ambarino-tostado. Aroma y sabor: Intenso, fino, delicado, que recuerda la materia prima de que procede, característicos del envejecimiento natural y exento de elementos extraños. Para la obtención de este último, el sistema de envejecimiento consiste en la permanencia de los aguardientes en envases de madera de capacidad igual o inferior a 1.000 litros, de forma estática, sin mezclas o combinaciones con otros aguardientes durante un tiempo mínimo de un año. Los rellenos necesarios para cubrir las mermas que se produzcan, se realizan con aguardientes de orujo que tiene el mismo tiempo de envejecimiento.
Reglamento: Orden Ministerial 21-6-2001 (BOE 11-7-2002) Modificado por órdenes de 8 de septiembre de 2004 y de 22 de febrero de 2005 de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de Galicia, publicada por Orden APA26682005, de 20 de julio, en el BOE de 15.8.2005.